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Exenciones por servicios a domicilio y en la comunidad (HCBS)
Colaboración con la ADSD para potenciar la independencia en el hogar.
Consumer Direct Care Network Nevada (CDNV) se asocia con el Departamento de Servicios Humanos de Envejecimiento y Discapacidad División de Servicios para ofrecer HCBS exenciones.
Le apoyamos mientras usted autodirige sus cuidados.
Los Programas de Exención ADSD se refieren a programas de asistencia especializada gestionados por la División de Servicios para Personas Mayores y Discapacitadas de Nevada (ADSD). Estos programas están diseñados para proporcionar apoyo a las personas con necesidades específicas, incluidas las personas mayores y las personas con discapacidades físicas, lo que les permite vivir de forma independiente en sus hogares y evitar la atención institucional. Los programas de exención de la ADSD forman parte del sistema de exención de servicios basados en el hogar y la comunidad (HCBS) de Nevada, que proporciona financiación y servicios a aquellas personas que de otro modo no podrían optar a Medicaid o que corren el riesgo de necesitar centros de cuidados a largo plazo.
Exención para personas mayores frágiles (FE):
Propósito
Ayuda a las personas mayores en riesgo de institucionalización a permanecer en sus hogares.
Servicios
Incluye gestión de casos, servicios de ayuda a domicilio, sistemas personales de respuesta a emergencias, atención social diurna para adultos y servicios de tareas domésticas y relevo.
Admisibilidad
Debe tener 65 años o más, estar en riesgo de necesitar atención institucional y requerir al menos un servicio mensual en virtud de esta exención.
Exención por discapacidad física (PD):
Propósito
Ayuda a las personas con discapacidad física a vivir de forma independiente en sus comunidades.
Servicios
Incluye cuidados de asistente, servicios de ama de casa, adaptaciones de accesibilidad ambiental, equipos médicos especializados y comidas a domicilio.
Admisibilidad
Deben estar certificados como discapacitados físicos, en riesgo de institucionalización y requerir al menos un servicio mensual en virtud de la exención.
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